jueves, 28 de febrero de 2013

Privativa de libertad para tres hombres y una mujer por extorsión a comerciante en Zulia

El Ministerio Público logró privativa de libertad para Moisés Bastidas, Luis Mata y los hermanos Naila y Jimmy Lozano, por su presunta extorsión a un empresario, cuya compañía importadora fue incendiada y atacado a tiros el hotel de su propiedad  en Maracaibo, estado Zulia, el pasado 10 de febrero.
            La fiscal auxiliar 14º de la referida jurisdicción, Ana María Pimentel, imputó a Bastidas, a Mata y a los hermanos Lozano por la presunta comisión de los delitos de extorsión, incendio, disparos contra la propiedad, uso de artefactos explosivos y asociación para delinquir.
Los referidos delitos se encuentran previstos y sancionados en la Ley contra el Secuestro y la Extorsión; Código Penal y Ley  orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
En ese sentido, el Tribunal 12º de Control de Zulia, con base en los elementos de convicción expuestos por la fiscal, dictó medida privativa de libertad contra las cuatro personas y fijó como sitio de reclusión el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite.
De acuerdo con la investigación preliminar, los primeros días de febrero, los ahora imputados habrían realizado varias llamadas telefónicas al comerciante, en los cuales le solicitaban la entrega de cantidades de dinero a cambio de no atentar contra sus propiedades.
En virtud de que el comerciante hizo caso omiso a las advertencias de los imputados, éstos le habrían enviado un mensaje en el cual informaron que habían incendiado el local y disparado contra el hotel.
Enseguida, la víctima acudió al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y denunció el caso, por lo que se inició la investigación.
Tras las primeras diligencias realizadas, los funcionarios lograron establecer la presunta vinculación de estas cuatro personas con la extorsión al comerciante, por lo que  fueron aprehendidos el 19 de febrero en el barrio Ciudad Lozano.

Fuente: Ministerio Publico
 
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miércoles, 27 de febrero de 2013

20 años de prision para tres hombres por muerte de comerciante en Guárico

Ante las pruebas presentadas por el Ministerio Público, fueron condenados a penas que oscilan entre 20 y 21 años de prisión Vicente Spena, Miguel Escobar y José Mitchell, por su responsabilidad en la muerte del comerciante Nimer Barauki Fhued, ocurrida el 16 de junio de 2009, en la carretera 12 de Calabozo, estado Guárico.
            Durante el juicio oral y público, el fiscal 5° de esa jurisdicción, Rafael Barrera, ratificó la acusación contra Spena por ser cooperador inmediato en el delito de homicidio calificado con premeditación y alevosía, y agavillamiento.
            Asimismo se ratificó la acusación contra Escobar como cómplice en los mismos delitos.
            De igual forma, Mitchell fue acusado por ser complice necesario en el delito de homicidio calificado con premeditación y alevosía, agavillamiento y ocultamiento de arma de fuego.
            Los referidos delitos se encuentran establecidos en el Código Penal.
            Una vez evaluados los medios de pruebas presentados por el representante del Ministerio Público, el Tribunal 1° de Juicio Guárico dictó sentencia condenatoria para Spena y Escobar de 20 años de prisión; mientras que Mitchell cumplirá una pena de 21 años.
            Los tres hombres permanecerán recluidos en el Internado Judicial de San Fernando de Apure.
            El hecho ocurrió en la fecha antes mencionada, cuando el comerciante de nacionalidad árabe fue interceptado por varios hombres, quienes sin mediar palabra le efectuaron varios disparos causándole la muerte de manera inmediata.
            Seguidamente, los hombres huyeron del lugar a bordo de un vehículo, que fue localizado 18 de junio de 2009, por efectivos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc).
            Luego de varios procedimientos coordinados por el Ministerio Público y ejecutados por funcionarios del Cicpc, se determino la responsabilidad de Spena, Escobar y Mitchell en la muerte del comerciante, por lo que fueron aprehendidos.

Fuente: Ministerio Publico
 
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Privan de libertad a canadiense y a colombiano por tráfico de droga en Portuguesa

El Ministerio Público logró privativa de libertad para el canadiense David William Sawatzky y el colombiano Jorge Armando Bustamante, por presuntamente haber transportado droga en una aeronave que aterrizó el pasado 22 de febrero, en el Aeropuerto General Oswaldo Guevara Mújica, ubicado en Acarigua, estado Portuguesa.
            En la audiencia de presentación, la fiscal 1° de esa jurisdicción, Zoila Fonseca, imputó a los dos hombres por la presunta comisión de los delitos de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, en la modalidad de transporte, y asociación para delinquir.
            Asimismo, fueron imputados por presuntamente incurrir en los delitos de interferencia en la seguridad operacional de la aviación civil, desviación y obtención fraudulenta de ruta, conducción ilegal de aeronave y transporte de mercancía peligrosa.
            Los referidos delitos se encuentran previstos y sancionados en las leyes Orgánicas de Droga, Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo; y la Ley de Aeronáutica Civil.
            Una vez evaluados los elementos de convicción expuestos por la representante del Ministerio Público, el Tribunal 1° de Control de Acarigua dictó medida privativa de libertad para el canadiense y el colombiano, quienes permanecerán recluidos en el Centro Penitenciario de Los Llanos, ubicado en Guanare.
            De acuerdo con la investigación, el día antes citado, en horas de la mañana, funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana visualizaron una aeronave que sobrevolaba el espacio aéreo de Acarigua, motivo por el cual se trasladaron hasta el mencionado aeropuerto y observaron cuando el avión aterrizó.
            Los efectivos castrenses se acercaron al lugar y encontraron a bordo de la aeronave a los dos extranjeros, quienes manifestaron que despegaron de un aeropuerto privado en Belice.
            Posteriormente, funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas realizaron la experticia de detección de drogas en a la aeronave, la cual dio positivo con cocaína. De inmediato, los dos hombres fueron detenidos y puestos a la orden del Ministerio Público.
            Vale destacar que dentro de la aeronave fueron encontrados cuatro bidones de gasolina, una bomba manual, una manguera y un tanque adicional para combustible.

Fuente: Ministerio Publico
 
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Fiscalia logró pase a juicio de dos mujeres y un hombre por muerte de niño de un año en Carúpano

Ante la acusación presentada por el Ministerio Público, se ordenó el enjuiciamiento de Carmen Rodríguez Salazar (52), de su hija Yaisis Moreno Rodríguez (27) y su yerno Luis Rivero España (33), presuntos responsables de la muerte de un niño de un año de edad, quien fue ingresado a un centro asistencial con signos de violencia extrema el 23 de noviembre de 2012, en Carúpano.
            En la audiencia preliminar, la fiscal 5º del segundo circuito judicial del estado Sucre, Maralba Guevara, ratificó la acusación contra Rodríguez, Moreno y Rivero, por la presunta comisión del delito de homicidio calificado por motivos fútiles, de acuerdo con lo establecido en el Código Penal y con el agravante previsto en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
            En ese sentido, el Tribunal 5º de Control de Carúpano admitió la acusación y las pruebas ofrecidas por la representante del Ministerio Público; ordenó el enjuiciamiento de las tres personas y mantuvo la medida de privación de libertad contra la tres personas, quienes permanecen recluidas en el Internado Judicial de Carúpano.
            Vale recordar que el día antes citado, Rodríguez llevó al niño a un ambulatorio donde una persona, luego de observar el estado de salud del infante, notificó al Ministerio Público acerca del caso. Seguidamente, funcionarios de la Policía municipal de Carúpano acudieron al lugar y detuvieron a la mujer.
Posteriormente, Moreno y su pareja fueron detenidos en su residencia ubicada en la urbanización El Valle en Carúpano.  
            El niño fue trasladado a una clínica en Carúpano y de allí fue llevado a la unidad de cuidados intensivos en el Hospital Antonio Patricio de Alcalá en Cumaná, donde falleció el 25 de noviembre en horas de la madrugada.
            De acuerdo con la evaluación médico-forense, la víctima presentaba infección respiratoria, fracturas en la clavícula y costillas, múltiples traumatismos, hematomas y quemaduras, presuntamente cometidas por Rivero, Moreno y Rodríguez, quienes eran sus cuidadores.

Fuente: Ministerio Publico
 
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viernes, 15 de febrero de 2013

Comerciante deberá prestar 380 horas de trabajo comunitario por perturbar la tranquilidad pública con una miniteca en Cagua

Ante la acusación presentada por el Ministerio Público, fue condenado el comerciante José Valladares (29) a pagar 380 horas de trabajo comunitario, luego que admitiera haber perturbado la tranquilidad pública del sector La Segundera de Cagua, estado Aragua,  al colocar una miniteca con música a alto volumen el pasado 30 de septiembre de 2012.
En el inicio del juicio, la fiscal municipal 1° de Aragua, Alfonsina Vega, ratificó la acusación contra el hombre por la comisión de las faltas de desobediencia a la autoridad y perturbación causada a la tranquilidad pública y privada, previstas en los artículos 483 y 507 del Código Penal, respectivamente.
En ese sentido, una vez que el hombre admitió el hecho, el Tribunal 4° de Juicio de Aragua condenó a Bermúdez a pagar 380 horas de servicio comunitario, las cuales cumplirá con trabajos orientados a la recuperación de espacios públicos  en el sector afectado.
El 01 de octubre de 2012, los vecinos del referido sector denunciaron ante funcionarios de la mencionada fiscalía municipal que Valladares estaba perturbando la tranquilidad pública, a través de la colocación de una miniteca a alto volumen en varias oportunidades.
Durante la denuncia también informaron que el comerciante había incumplido una caución que había firmado meses atrás ante la Policía del estado Aragua, en la que se le prohibía que no podía seguir instalando una miniteca a alto volumen y perturbar a la comunidad de La Segundera.
Por tal motivo, funcionarios del Ministerio Público iniciaron la investigación correspondiente, a través de la cual se comprobó la responsabilidad de Valladares en el mencionado hecho.

Fuente: Ministerio Publico
 
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